MAÑANA VENCE EL PLAZO PARA INSCRIBIRSE ANTE EL SERVEL COMO VOTANTE INDÍGENA

Este jueves 25 de febrero se acaba el plazo para que las personas que cumplan con los requisitos legales puedan ser incorporadas al padrón especial indígena que el Servel ha elaborado para la elección de los candidatos y candidatas a ocupar alguno de los 17 escaños reservados para pueblos originarios en la Convención Constitucional. Aunque sólo podrán votar por esos representantes quienes cuenten con algún certificado de calidad indígena emitido por Conadi, quienes aún no lo tengan pueden presentar una declaración jurada que les permita acceder a la papeleta de candidaturas. ¿Cómo hacerlo? Los detalles en el siguiente artículo.



No cualquiera podrá votar en abril por los y las candidatas que aspiran a ocupar los 17 escaños reservados para pueblos originarios en la Convención Constitucional. Si bien en un momento de la discusión legislativa se planteó que bastaría la autoidentificación de cada persona con alguna de las etnias reconocidas por el Estado para poder hacerlo, eso no fue lo que se aprobó en diciembre, cuando se promulgó la reforma constitucional que garantizó la presencia de esos cupos protegidos (ver artículo).

En cambio, con la ley se estableció que sólo podrían votar por representantes indígenas quienes formen parten de un padrón especial que elaboraría el Servicio Electoral (Servel) tras identificar a los ciudadanos y ciudadanas a partir de los siguientes datos:

a) nómina de aquellas personas que estén incluidas en el Registro Nacional de Calidades Indígenas;
b) datos administrativos que contengan los apellidos mapuche evidentes, conforme a lo establecido en la resolución exenta respectiva del director de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi);
c) nómina de apellidos indígenas de bases de postulantes al Programa de Beca Indígena (de enseñanza básica, media y superior) desde el año 1993;
d) Registro Especial Indígena para la elección de consejeros indígenas de la Conadi;
e) Registro de Comunidades y Asociaciones indígenas;
f) Registro para la elección de comisionados de la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua.

Es decir, todos y todas aquellas que ya formaran parte de alguno de esos registros oficiales podrán votar por representantes de pueblos originarios. Pero para quienes no figuraran en esas nóminas, quedaron abiertos dos caminos. El primero consiste en presentar un certificado de calidad indígena emitido por la Conadi, mientras que el segundo es para aquellos que cumplen con los requisitos para tener ese certificado, y que aún no lo tienen.

En ese caso, las personas que quieran sufragar por candidaturas a escaños reservados deben entregar al Servel, tal como se explica en su sitio web, “una declaración jurada donde se indique expresamente que la persona declara que cumple con cualquiera de las condiciones que establece la ley N° 19.253 para obtener la calidad indígena, otorgada ante los siguientes ministros de fe: notarios, secretarios municipales o el funcionario a quien éstos deleguen esta función, oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, o directamente ante el Servicio Electoral, por vía presencial o con clave única”.

El plazo para presentar dichas declaraciones vence exactamente 45 días antes de las elecciones de abril, es decir, este jueves 25 de febrero.

Para poder realizar ese trámite, las personas interesadas deberán llenar el formulario dispuesto por el Servel ante los ministros de fe mencionados anteriormente y enviar una copia escaneada al correo autoidentificacion@servel.cl, presentarlo en forma presencial en cualquiera de las oficinas del servicio, o bien, realizarlo de forma digital en la plata forma https://registroindigena.servel.cl/, donde el registro se puede hacer con la Clave Única del Registro Civil.


Publicado originalmente en Contexto Factual (24/02/2021)

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