LA REVANCHA DE LOS RECHAZADOS: LOS ARGUMENTOS PARA INTENTAR DAR VUELTA EN EL TRICEL LAS CANDIDATURAS QUE EL SERVEL OBJETÓ

100 Hoy vence el plazo para que quienes postulan a un cupo en la Convención Constitucional, y fueron rechazados por el Servel, presenten su apelación ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel). Son al menos 189 personas las que quedaron fuera por no cumplir los requisitos que exige la ley. En algunos casos fueron faltas administrativas, como la omisión de un documento, pero en otros -como en el caso de “independientes” con militancia política o de candidaturas patrocinadas por una sociedad comercial- el problema podría ser más complejo de solucionar. ¿Qué argumentos se han presentado para revertir lo decidido por el Servel e intentar volver a la carrera constituyente?

Por Magdalena Advis y Juan Pablo Figueroa


Cada día falta menos para las elecciones del 11 de abril que determinarán al grupo de ciudadanos que redactará la próxima Constitución. Sin embargo, para definir las candidaturas oficiales aún falta un paso esencial: el derecho a reclamación de cada candidato y candidata rechazada por el Servicio Electoral (Servel), así como también de las listas que no pasaron la primera valla (ver artículo).

El servicio aceptó 1.373 candidaturas de las 1.656 que fueron declaradas para la elección de convencionales constituyentes, pero rechazó 189, de las cuales 12 pertenecen a pueblos originarios, y declaró inadmisibles otras 95, la mayoría perteneciente a listas presentadas por la empresa Felices y Forrados (FyF). Pero no todo está dicho: todos y todas quienes fueron rechazadas tendrán la opción de reclamar la resolución ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), o bien, pueden retirar su candidatura para no perjudicar a sus compañeros y compañeras de lista.

Cada ruta de reclamación será distinta, pues dependerá de los motivos por los que cada postulación fue objetada. Entre los principales argumentos esgrimidos por el Servel para impugnar listas y candidaturas se encuentran la infracción a la Ley N°21.216, que garantiza la paridad de género en las listas presentadas por partidos políticos, pactos electorales o agrupaciones independientes; la transgresión a la prohibición de afiliación a un partido político de un candidato independiente durante el periodo establecido en la Constitución hasta la presentación de la candidatura; no haber entregado las declaraciones de patrimonio e intereses que obliga la ley; y no haber cumplido con el número necesario de patrocinantes para emprender una campaña como independiente; entre otros.

El plazo para recurrir al Tricel vence hoy, jueves 28 de enero, y el organismo tendrá 10 días para resolver si ratifica o da vuelta la decisión del Servel. Para lograr revertir la resolución, quienes ya aparecen descartados del proceso preparan sus estrategias. ¿Cómo buscan revertir la negativa de sus candidaturas? A continuación, algunos de los argumentos que ya han presentado algunos de los rechazados y rechazadas para volver a la competencia y ser parte de la lista definitiva de nombres que estarán en las papeletas del 11 de abril.


FALTÓ SU DECLARACIÓN DE PATRIMONIO

La lista Fuerza Popular Territorial (FPT), conformada por cinco independientes para competir por cupos del distrito 13, fue rechazada en su totalidad y hoy presentaron su reclamo frente al Tricel. ¿Por qué los rechazaron? Porque uno de ellos, Hernán Fuentes, no habría presentado su declaración de patrimonio e intereses, lo que desestabilizó el equilibrio de género en el resto de la lista y todos los demás cayeron por efecto dominó.

Kevin Castro, uno de los candidatos de FPT que estarían quedando fuera de carrera con esa decisión del Servel, asegura que “le rechazaron los papeles de patrimonio e intereses, entonces nos rechazaron a todos, porque mi lista está compuesta por tres mujeres y dos hombres, estamos al filo de la ley de paridad”.

Fuentes ya recurrió al Tricel el lunes 25 de enero con un escrito en el que explica que no es cierto que no haya realizado su declaración de patrimonio e intereses, sino que al contrario, lo había hecho de forma digital en la plataforma de la Contraloría y llevaba una copia impresa cuando inscribió su candidatura, y que habría sido un funcionario del Servel quien le dijo que no era necesario dejar el documento físico. Allí, Fuentes asegura que su “declaración de intereses y patrimonio se encuentra en línea desde el 17 de diciembre de 2020, pudiendo visualizarse perfectamente por la autoridad administrativa, sin mayores complicaciones”.

Plataforma de registro de declaraciones de patrimonio e intereses Infoprobidad.


Castro se muestra esperanzado por la resolución que pueda tomar el Tricel y asegura que “parece que el Servel está buscando el más mínimo resquicio para dejar afuera a la mayor cantidad de independientes posible, es algo tan simple que no queremos pensar que seremos rechazados”.

Daniel Andrade, candidato por el mismo distrito, pero parte del pacto Apruebo Dignidad -conformado por el Partido Comunista (PC) y el Frente Amplio-, también fue rechazado por supuestamente no presentar su declaración de patrimonio e intereses. Sin embargo, en el reclamo que ingresó al Tricel el martes a su nombre Catalina Pérez, presidenta de Revolución Democrática (RD), señala que todo es un error, pues sí habría entregado la información. Por lo tanto, argumenta: “Si la declaración contenía algún vicio, o su ingreso fue defectuoso, debió el Servicio Electoral ‘establecer un plazo para subsanar eventuales errores’, lo que no hizo; conforme al artículo 8 inciso 3 de la Ley 18.700. Y si lo hizo, tampoco fue notificado conforme al artículo 46 de la Ley 19.880”.

Son decenas las personas que fueron rechazadas por ausencia del documento donde deben transparentar sus bienes y deudas y sus posibles conflictos de interés, y no todos los que ya han apelado ante el Tricel han entregado los mismos argumentos. Alan García, por ejemplo, que iba por el distrito 14, señala que por su discapacidad visual severa, no logró cumplir con todos los requisitos y pide al Tricel que acepte la entrega extemporánea de la documentación faltante, que -dice- hizo llegar al Servel el mismo día que se hicieron públicos los rechazos. Lo mismo solicitó Felipe Zapata, candidato independiente rechazado que iba por el distrito 8 en la lista de la Comunidad Independiente Ven, Seremos.


INDEPENDIENTES QUE NO LO SON

La razón que más se repite para el rechazo de candidaturas independientes es la establecida en la disposición 36 transitoria de la Constitución, la cual estipula que los candidatos independientes no podrán haber militado en un partido político desde el 26 de octubre de 2019 hasta la fecha de presentación de las candidaturas.

Sobre el no cumplimiento del inciso transitorio, la magíster en Ciencias Políticas de la Universidad Católica y parte de la Red de Politólogas, Javiera Arce, explica que “hay gente que aparece militando en partidos y se supone que era independiente, pero no se les desafilió […] Entonces, se hacen reclamaciones en que tienes que acreditar que eres independiente, pedir los certificados de desafiliación al Servel o un certificado del secretario general [del respectivo partido] anterior a la fecha indicada por la ley”.

Al parecer, hubo una confusión entre dos normas similares: mientras la Constitución dice que los candidatos y candidatas independientes para las elecciones de abril debían renunciar a su militancia a más tardar el 26 de octubre de 2019, la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios señala que esa renuncia debe ocurrir al menos nueve meses antes de la declaratoria de candidaturas.

Cristián Zamorano, candidato independiente por el distrito 8 en la misma lista de Zapata, quedó fuera por ese motivo. En su apelación, reconoce que firmó por la candidatura de Beatriz Sánchez para las elecciones presidenciales de 2017, por lo que quedó afiliado a RD. Sin embargo, también dice que renunció a esa militancia el 21 de noviembre de 2019 vía Servel, y que estaría fuera de los nueves meses mínimos de desafiliación que establece, no la Constitución, sino que la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios. “Dado que la fecha de vencimiento de presentación de candidaturas fue el día 11 de enero de 2021 y mi desafiliación del partido se hizo efectiva el día 21 de noviembre de 2019 el plazo requerido por la ley se cumple y se sobrepasa en al menos 4 meses, por lo que solicito a ustedes rectificar la decisión del SERVEL y permitir mi candidatura a la Convención Constituyente”, escribió.

Lo mismo ocurrió con Verónica Undurraga, también candidata por el distrito 8, pero en la Lista del Apruebo, como independiente en un cupo del Partido por la Democracia (PPD). En ese mismo conglomerado ella había militado de forma inactiva desde 1988, y cuando revisó su situación en 2019, aún figuraba como militante, pero con derechos suspendidos, pues no manifestó su intención de seguir cuando los partidos tuvieron que refichar a su base de adherentes. Como renunció oficialmente en enero de 2020, cumple con el plazo determinado en la Ley de Votaciones Populares, pero no con el definido en la Constitución, y por eso su postulación fue rechazada por el Servel.

“Dicha resolución, como se demostrará, es contraria a derecho en tanto no se afecta al bien jurídico protegido por dichas disposiciones constitucionales y legales, además de vulnerar la sana doctrina seguida tanto por este Excmo. Tribunal Calificador como por el Tribunal Constitucional referente a la naturaleza y extensión de las llamadas inhabilidades. Finalmente, la presente resolución afecta al principio democrático, al derecho a elegir y ser elegido reconocido en nuestra Carta Magna y en Tratados Internacionales, debiendo entonces ser dejada sin efecto”, alega en el escrito que presentó ante el Tricel.


LA LISTA INADMISIBLE DE FYF

MALAS NOTICIAS: Servel atenta gravemente contra la democracia”. Con ese encabezado parte una publicación en la página de Facebook de Felices y Forrados (FyF), la cuestionada empresa de asesoría de inversiones previsionales que encabeza Gino Lorenzini, quien iba a candidato a la Convención Constitucional como independiente por el distrito 10. Su candidatura, al igual que la de 14 listas que se formaron al alero de su compañía, también quedaron fuera tras la primera revisión del Servel. Sin embargo, su caso es distinto: no fueron rechazadas, sino que declaradas inadmisibles.

“Es impresionante, como pueden declarar algo INADMISIBLE, sin siquiera publicar un motivo o causal, y contradiciendo documento número 30 del 21 de enero de 2021, donde sí había fecha y funcionario donde no rechazaban estas 14 listas”, dice la misma publicación de FyF.

El motivo de la inadmisibilidad tendría que ver con el mecanismo que utilizó la empresa para crear una plataforma que serviría para levantar la lista de independientes más grandes del país. Para ello, convocó a distintas personas a participar, aunque para hacerlo debían suscribirse como usuarios premium de la firma con una cuota anual de $24.000. Eso sí, el detalle no aparece explicado en la resolución del Servel que declaró la inadmisibilidad. En cambio, allí sólo dice:

“Se declaran inadmisibles las siguientes listas por no cumplir con las normas constitucionales y legales. Artículos 18, 132 y disposición vigésimo novena transitoria de la Constitución Política de la República y los artículos 2 y siguientes de la Ley 18.603 sobre Partidos Políticos”.

Gino Lorenzini, fundador y líder de FyF. Su candidatura, al igual que la de otros 14 candidatos de su lista, fue declarada inadmisible por el Servel.

Hasta el cierre de este artículo, Lorenzini no había apelado ante el Tricel, y aunque Contexto Factual intentó comunicarse con él para conocer su estrategia y la de las otras listas que iban bajo el paraguas de FyF, no logramos hacerlo. En todo caso, ya dos recursos se presentaron ante el tribunal que deberá revisar las decisiones del Servel. Uno es el que presentó Enrique Tapia, quien no figura en los registros como candidato. Sin embargo, en su escrito no presenta un caso personal, sino que un alegato por la inadmisibilidad de la lista Felices e Independientes que iba con seis candidaturas por el distrito 3, en la Región de Antofagasta. Allí, Tapia escribe lo siguiente:

“Por favor investigar y aclarar ya que no quedan claros los motivos y las pruebas para declarar inadmisible esta y otras listas similares, más aún, teniendo en consideración que la gente les dio su apoyo a estos candidatos, ya que los representaban y se ganaron el derecho a participar en dicha elección”.

Mayor detalle tiene la apelación de Janett Barraza, una de las candidatas que iba por esa misma lista. Allí, asegura que cumple con todos los requisitos para ser parte de la carrera constituyente: es ciudadana con derecho a voto y no presenta incompatibilidades con el cargo, logró junto a su lista los patrocinios necesarios a través de la plataforma electrónica del Servel y respetaron la normativa de paridad de género. De paso, alega que se les haya dado más plazo a los partidos políticos para ingresar sus candidaturas por considerarlo discriminatorio -“vulnera las normas constitucionales y legales que regulan el proceso constituyente”, escribe-; que el Servel no haya notificado la información vía correo electrónico, como señala la normativa; y, entre otras cosas, que la filtración que se publicó días antes en distintos medios de comunicación y que anticipaba la inadmisibilidad de las listas de FyF, debe ser sancionada.


VOLVER A ALTERNAR LAS RAYAS DE LA “CEBRA”

La reforma que instaló la paridad de género en la Convención Constitucional estipula que las listas presentadas para las elecciones de abril debían ser constituidas alternadamente entre hombres y mujeres, sin que un género supere al otro por un número mayor a uno. Las reglas parecían claras, pero el Servel aceptó listas de candidaturas impares que no cumplen con ese primer principio de alternancia (conocido como el “principio cebra”), lo que levantó una fuerte ofensiva desde grupos feministas.

La cientista política y candidata por el distrito 8, Carolina Garrido, asegura que “el Servel rechazó algunas candidaturas y eso llevó a que las listas no estuvieran en el orden de alternancia. Sin embargo, hay otros casos donde no se rechazaron candidaturas sin ‘la cebra’ y el Servel aceptó eso. El tema de la paridad no tiene que ver sólo con el proceso de rechazo, sino con una decisión antojadiza y arbitraria del Servel respecto de la norma”.

La politóloga -que fue parte activa en la redacción de la ley- se muestra esperanzada de la iniciativa firmada por cerca de 1.800 personas y que fue presentada al servicio ayer. Asegura que “el presidente del Servel quedó de hacer una reunión excepcional con el Consejo, que es lo que vamos a esperar para ver qué acciones tomar después. Vamos a tomar todas las acciones correspondientes, si el Servel nos dice que no, vamos a recurrir al Tricel”.

Por su parte, Arce “ve difícil” que la apelación anunciada por diputadas y figuras públicas llegue a buen puerto. Sin embargo, estima que “hay que hacer el punto de que los estamos observando y el 11 de abril me pondré con un excel a calcular, porque no vaya a ser cosa de que interpreten a su antojo la paridad”.

En los registros del Tricel aún no aparecen reclamos contra el Servel por haber pasado por alto el principio de alternancia de sexos en algunas listas que, según señaló en Twitter el cientista político Kenneth Bunker, serían 37 y habría beneficiado a varios partidos políticos.

Lo que sí hay son apelaciones por rechazos justificados en supuestos incumplimientos al equilibrio de género.

Juan Manuel Huentelicán, hasta que el Servel rechazó su candidatura, postulaba a la Convención por un cupo reservado para el pueblo Mapuche. ¿Por qué quedó fuera? Supuestamente, por no cumplir la regla de paridad de género.

Para los pueblos originarios, la regla es distinta. Como sus candidaturas son individuales y no por listas, cada declaración de candidatura debía inscribirse -dice la Constitución- “designando una candidatura paritaria alternativa del sexo opuesto, y que cumpla con los mismos requisitos de el o la candidata a que eventualmente deba sustituir por razones de paridad”.

Huentelicán alegó ante el Tricel que “la anterior disposición es cumplida a cabalidad por esta candidatura, así las cosas, fue presentada la candidata alternativa quien cumple con los mismos requisitos habilitantes para ser candidatos establecidos en el artículo trece de la Constitución Política de la República, y de hecho hasta es ratificado su cumplimiento en la misma resolución del servicio electoral que rechaza la candidatura pero que señala a la candidata alternativa”.

El otro recurso que va en la misma línea y con los mismos argumentos, es el que presentó Patricia Díaz, precisamente la candidatura alternativa de Huentelicán.

El plazo para ingresar cualquier apelación al Tricel vence hoy, aunque no será hasta el 8 de febrero que se sepa finalmente, y ya de forma oficial, el listado definitivo de candidatos y candidatas a constituyentes que se verán en las papeletas del 11 de abril.


Publicado originalmente en Contexto Factual (28/01/2021)

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