CUÁNTAS VECES HA CAMBIADO LA CONSTITUCIÓN (Y CUÁNTAS PODRÍA CAMBIAR) DESDE QUE SE FIRMÓ EL ACUERDO DE NOVIEMBRE

El 15 de noviembre de 2019 se firmó en el Congreso el acuerdo que abrió paso al proceso constituyente. Han pasado ocho meses y, desde entonces, ya ocho veces se ha modificado la Constitución. Mientras, otros 106 proyectos de reforma han sido acogidos a trámite en el mismo período para incorporar, sacar o cambiar diferentes aspectos y derechos consagrados en la Carta Fundamental. Aquí el detalle de qué tanto ha cambiado y en qué materias podría cambiar mientras se decide si se reemplaza o no por completo.




Era uno de los momentos más intensos en la lucha política que se generó con el proyecto para retirar el 10% de los fondos de pensiones de las AFP. Domingo, 12 de julio. Ni la Cámara de Diputados ni el Senado habían aprobado todavía la iniciativa, y el gobierno movía todas sus fichas para intentar frenarla. Que era una “mala solución” y que, de aprobarse, se entraba “en un proceso que sólo puede producir un daño a las pensiones”, decía entonces el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, en entrevista con CNN Chile.

Fue en esa misma intervención que Briones lanzó una acusación contra la oposición: que al haber recurrido a una reforma constitucional, traicionaban el pacto que dio origen al proceso constituyente.

“La vía de una reforma constitucional para diseñar políticas públicas, sin especificar, además, de dónde se van a pagar esos fondos una vez que esos retiros hayan sido efectuados, nos parece que es romper una sana forma de hacer políticas públicas (…) Nos parece que la oposición, al instalar un tema de garantías sociales y sistemas previsionales a través de cambios a la Constitución, de alguna forma está rompiendo el acuerdo de noviembre”, señaló Briones.

Con ello, el ministro abrió un nuevo flanco para la confrontación con quienes pusieron su firma en el llamado Acuerdo por la Paz y una nueva Constitución el 15 de noviembre de 2019. El presidente del Partido Radical (PR), Carlos Maldonado, calificó sus dichos como una “inaceptable amenaza velada (inútil en todo caso) de cuestionar acuerdo 15N”. Su par del Partido por la Democracia (PPD), el excanciller Heraldo Muñoz, dijo que era “francamente patético”, y el senador socialista, Alfonso de Urresti, manifestó que lo de Briones era un “descaro increíble”: “Ahora plantea que concurrir al acuerdo constitucional inhibe a la oposición de expresar y llevar adelante su agenda política”.

Más allá de la disputa política, lo cierto es que en ninguno de sus 12 puntos, el acuerdo estableció alguna limitante para reformar la Carta Fundamental vigente mientras se lleva a cabo el proceso constituyente. Ni siquiera si llegara a aprobarse la redacción de una nueva Constitución. El documento incluso señala que una eventual convención constitucional no afectará “las competencias y atribuciones de los demás órganos y poderes del Estado”. Y modificar la Constitución es precisamente una de las funciones que tienen tanto el Presidente como quienes integran el Congreso.

De hecho, desde que se selló el acuerdo, la Constitución ya se ha modificado en ocho oportunidades. En promedio, una vez al mes. Y podría reformarse varias veces más.

Contexto Factual revisó cuáles son esas reformas que se han aprobado desde que se acordó abrir un proceso para cambiar la Carta Magna y qué otros cambios podrían aplicarse a través de los proyectos de reforma que están en tramitación en el Congreso. Es decir, cuánto ha cambiado y cuánto podría cambiar la Constitución desde que partió el proceso constituyente.



OCHO MESES, OCHO CAMBIOS

La primera fue, precisamente, aquella que formalizó lo acordado. Para establecer oficialmente una vía para generar una nueva Constitución, había que partir por modificarla en aquellos artículos donde se establecen los mecanismos para cambiarla parcial o totalmente: el capítulo XV.

La reforma se materializó el 24 de diciembre de 2019, y ahí se definió que habría un plebiscito el 26 de abril de este año; que se pondrían sobre la mesa dos opciones, Apruebo o Rechazo; y que se votaría, además, por el tipo de convención que eventualmente redactaría el nuevo cuerpo normativo. Quedó así establecido un cronograma y otros aspectos, como qué regulación tendrían las campañas, quiénes podrían ser parte del órgano constituyente y cómo éste operaría. En definitiva, las reglas del juego.

Ya en 2020, en marzo, otras tres veces se modificó la Constitución. Primero, para permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la integración del órgano constituyente, en caso de ganar el Apruebo (ver reforma). Luego, producto de la pandemia por Covid-19, se ingresaron cambios para permitir que el Congreso sesione de forma telemática y, por último, para reagendar todo el cronograma constituyente y electoral. Fue con ese último cambio que el plebiscito se postergó para el 25 de octubre.

Dos meses después, en mayo, se cambió la forma en que se determinan las remuneraciones de distintas autoridades y funcionarios públicos, estableciendo que cada cuatro años se conformaría una comisión para fijar los sueldos del Presidente, sus ministros, subsecretarios y otros cargos de confianza, además de diputados y senadores. La primera definición, de forma excepcional, quedaría en manos del Consejo de Alta Dirección Pública, el que a fines de junio resolvió reducir un 25% las remuneraciones de ministros y parlamentarios; un 10% para el Presidente, subsecretarios, intendentes, gobernadores y seremis; y un 1% para otros funcionarios de confianza presidencial.

Ese mismo mes, el día 30, se modificó por sexta vez desde que se firmó el acuerdo en noviembre. Esta vez, para postergar desde el 21 de mayo al 31 de julio la fecha de la Cuenta Pública que cada año debe realizar el Presidente de la República ante el Congreso Pleno. De paso, la reforma incluye una autorización para que la sesión no sea necesariamente presencial y los representantes del Poder Legislativo puedan participar vía teleconferencia, y así reducir los riesgos de contagio por coronavirus.

Las últimas dos modificaciones son de julio, y una de ellas es la que limita la reelección de parlamentarios y alcaldes. Como la norma fue aprobada in actum -es decir, con efecto inmediato-, implicó que varios diputados, senadores y líderes municipales no puedan postularse nuevamente a sus cargos una vez que terminen su período actual. Y luego, por último, la modificación que más ruido generó, la que permite el retiro excepcional de hasta el 10% de los fondos de pensiones de las AFP. Fue promulgada en un acto privado por el Presidente Sebastián Piñera el 24 de julio y publicada en el Diario Oficial seis días después
. Esa misma jornada el sistema habilitó los mecanismos para comenzar a gestionar la entrega de esos recursos. Más de 3,4 millones de personas hicieron el trámite sólo el primer día.

REFORMAS EN TRÁMITE

Cuatro días pasaron desde la firma del acuerdo. El 19 de noviembre de 2019, cuatro senadores ingresaron una moción para reformar la Constitución y reestablecer el voto obligatorio. Isabel Allende y Juan Pablo Letelier, ambos socialistas; Francisco Chahuán, de Renovación Nacional (RN); y la demócrata cristiana, Yasna Provoste. Si bien el proyecto fue admitido y enviado a la Comisión de Constitución del Senado, desde entonces no muestra avances.

En los últimos ocho meses, el Congreso acogió a tramitación al menos 114 proyectos para reformar la Constitución (ver lista completa), de los cuales ocho ya fueron aprobados. Algunos quedaron en el camino al tratar materias que ya se aprobaron con proyectos similares, como aquel que buscaba obligar al Presidente a llamar a un plebiscito. Otros, siguen su curso.

Entre ellos, hay tres que se refieren a la protección de “infraestructura crítica” en casos de emergencia, facultando al Presidente para decretar estado de alerta para prevenir daños y permitiendo que fuerzas militares las resguarden sin necesidad de un estado de excepción constitucional. Sólo uno ha mostrado avance, aunque mezcla elementos de los tres: en enero ya lo había aprobado el Senado y actualmente se tramita en la Cámara de Diputados.

Respecto al Banco Central -el único capítulo en la Constitución que no ha sufrido ningún cambio en 40 años-, hay tres iniciativas que se refundieron en una sola. Ya está en su segundo trámite legislativo, y de aprobarse, lo facultaría para otorgar créditos a entidades públicas y para comprar y vender en el mercado secundario abierto instrumentos de deuda emitidos por el Fisco.

Se ha propuesto, además, modificar la Constitución para que el fiscal nacional sea sujeto de acusaciones constitucionales. También para adelantar las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2021 y establecer referéndums revocatorios. Hay proyectos de reforma para establecer un sistema de pensiones solidarias, una renta básica universal, o para que el Presidente pueda intervenir en fábricas durante la vigencia del estado de catástrofe. Y algunas van más allá, intentando reducir las atribuciones de exclusividad que tiene el Mandatario en materias de iniciativa de ley y estableciendo plazos definidos para la discusión y promulgación de leyes.

Otras reformas tratan derechos fundamentales. Están las que intentan incluir de forma específica en la Constitución los derechos a la vivienda y la alimentación, o el derecho a relacionarse digitalmente con el Estado. Hay incluso una que busca consagrar como tal la práctica del deporte y la educación física.

También ha habido intentos por modificar el proceso respecto a una nueva Constitución, como el proyecto que ingresaron parlamentarios de la UDI para eliminar la opción de un órgano constituyente y dejar todo en manos del Congreso Nacional. Hay al menos dos que buscan establecer normas que apunten a que el plebiscito se realice en forma segura y con la mayor participación posible, uno que persigue establecer un piso mínimo de participación en el plebiscito para hacerlo vinculante y otro que pretende regular lo que ha sido catalogado por el presidente del Servel, Patricio Santamaría, como un “vacío legal”: el financiamiento y la propaganda de las campañas para el plebiscito.

El último proyecto de reforma constitucional ingresó a tramitación el 12 de agosto. Fue iniciativa de una decena de diputados y diputadas, a partir de un dato que surgió tras la aprobación del retiro de fondos de las AFP: el 84% de las pensiones alimenticias se encuentran impagas. Si bien la norma establece un mecanismo para que las mujeres puedan retener judicialmente total o parcialmente el retiro que hagan los padres morosos de sus hijos o hijas, acceder a esos recursos depende sólo de que ellos hagan uso del beneficio. O sea, si ellos no hacen el rescate de sus fondos de pensiones, no hay nada que retener. Por eso, el grupo de parlamentarios propone volver a modificar la Constitución “para facultar al juez de familia a solicitar el retiro de los fondos previsionales del alimentante moroso, a fin de pagar las pensiones alimenticias adeudadas”.


Publicado originalmente en Contexto Factual (19/8/2020)

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