DIPUTADO MIGUEL CRISPI A ANDRÓNICO LUKSIC EN TWITTER: “HAY ARGUMENTOS PARA QUE ESCAÑOS [RESERVADOS] SEAN SUPERNUMERARIOS Y SE ESTÁ DEBATIENDO DESDE ANTES DEL PLEBISCITO”

Si sólo tienes 5 minutos, lee estas claves:

– El diputado Miguel Crispi (RD) respondió por Twitter a un mensaje del empresario Andrónico Luksic en relación al debate por los escaños reservados para pueblos originarios y escribió: “Hay argumentos para que escaños sean supernumerarios y se está debatiendo desde antes del plebiscito”.
– Lo señalado es VERDADERO.
– Si bien el proyecto de ley original proponía que los cupos reservados se descontaran de los 155 que contemplaría una eventual Convención Constitucional, en diciembre de 2019 Crispi y otros parlamentarios presentaron una indicación para disponer que fueran 18 los escaños reservados y que, en vez de estar incluidos, se sumaran.
– Eso fue lo que se votó en la Cámara, pero -aunque había mayoría a favor- no se alcanzó el quórum de ⅔, por lo que la iniciativa se fue al Senado sin un número de asientos definidos ni un mecanismo claro.
– A mediados de agosto, un mes antes del plebiscito, la idea de que los escaños fueran supernumerarios fue repuesta en distintas indicaciones presentadas por senadores, y así se expuso y discutió en distintas sesiones de la Comisión de Constitución durante agosto, septiembre, octubre y noviembre. Fue aprobado y eso es lo que se votará en sala durante esta jornada.
– Entre los argumentos que fundamentan el anexo de nuevos escaños se esgrimió que iría en línea con lo resuelto por la Convención Americana de Derechos Humanos: que en aplicación del principio del ius cogens se deben establecer presupuestos de discriminación positiva a favor de pueblos originarios.




El primer mensaje fue del dueño de una de las mayores fortunas de Chile y el mundo: Andrónico Luksic. El miércoles 11 de noviembre, el empresario publicó en su cuenta de Twitter que sí estaba de acuerdo con que se les otorgara escaños reservados a los pueblos originarios en la Convención Constitucional, pero no con el mecanismo propuesto. Dijo que en vez de agregar nuevos cupos a los 155 ya definidos, los políticos debían ceder espacio. “¡Malo para democracia cambiar reglas del juego después del plebiscito en que 7 millones se manifestaron claramente!”, escribió.

Al rato, el diputado Miguel Crispi (RD) le replicó: “Qué fácil es hablar sobre un proyecto sin haber participado de UN diálogo con representantes de pueblos indígenas (asumo que tampoco vio debates en las comisiones del Congreso). Hay argumentos para que escaños sean supernumerarios y se está debatiendo desde antes del plebiscito”.

Lo que respondió el parlamentario es VERDADERO.

Consultado por Contexto Factual, Crispi señaló que “desde el principio que está el debate instalado, y es cierto, aún no se ha zanjado. Pero venir a decir ahora que nunca se ha hablado de que podían ser supernumerarios es faltar a la verdad o hablar desde la ignorancia. Yo mismo redacté las indicaciones que proponían en ese momento (diciembre de 2019) 18 cupos para la Convención Constitucional y eran supernumerarios. El sentido es que los escaños de los pueblos indígenas no rivalicen con los 155, sino que sea adicional. Ya hubo una discusión sobre cuántos delegados corresponden por distrito, entonces, empezar a discutir a qué distritos se les va a sacar delegados para asignarlos a los pueblos indígenas, son discusiones de distinta naturaleza. Si queremos discutir sobre los 155 y el sistema por cómo se eligen, está bien, pero no puede ser a costa de los escaños reservados, que es otra cosa. Es lo que corresponde y fue la posición de la oposición a la indicación que presentamos, al igual que la mayoría de la Cámara: si se quiere tener escaños reservados, tienen que ser supernumerarios”.

El proyecto de reforma constitucional, en su origen, no contemplaba escaños supernumerarios. Fue ingresado el 17 de diciembre de 2019 por un grupo de diputados de Chile Vamos y, si bien no definía un número de cupos a reservar para los pueblos indígenas, los que hubiera “se descontarán del número de miembros establecidos en la reforma constitucional”. Es decir, estarían contemplados entre los 155 ya definidos para integrar la Convención Constitucional.

Sin embargo, dos días después, Crispi y otros parlamentarios de oposición ingresaron una indicación en la que proponían que fueran 18 los escaños a reservar y que estos se sumarían. En la redacción seguían descontándose del total, pero su propuesta incluía también un aumento de ese guarismo base de 155 a 170. Por lo tanto, en la práctica, sí serían supernumerarios.

Eso fue aprobado esa misma jornada por la Comisión de Constitución de la Cámara y votado en sala. Aunque hubo mayoría a favor, no se alcanzó el quórum de ⅔ que se necesitaba, por lo que el proyecto partió al Senado sin un número definido de cupos para los pueblos originarios ni un mecanismo claro de asignación.

Aquello que salió de la Cámara de Diputados fue votado en sala del Senado casi ocho meses después, el 7 de julio de este año. Se aprobó en general el proyecto y se abrió un período para ingresar indicaciones y así afinar la cantidad de cupos y la fórmula en que se podrían aplicar los escaños reservados; ese plazo venció el 13 de agosto. Entonces, mientras que el gobierno no presentó ninguna indicación, diversos senadores sí lo hicieron, y así se repuso la idea de los escaños supernumerarios (ver artículo).

El documento con nuevas propuestas tiene 24 páginas e incluye 16 indicaciones, y fue publicado tanto por la Cámara de Diputados como por el Senado el 14 de agosto.

La senadora Carolina Goic (DC), entre otras cosas, propuso que sean 24 los cupos reservados para representantes de pueblos originarios, los que se sumarían a los 155 asientos ya definidos para una Convención Constitucional. También presentó indicaciones un grupo conformado por los senadores Ximena Rincón (DC), Francisco Huenchumilla (DC), Pedro Araya (Ind.), Alfonso De Urresti (PS) y Jaime Quintana (PPD). Su propuesta, preparada en conjunto con los secretarios indígenas de cada uno de sus partidos, consideró una cantidad de escaños calculada en relación a los datos del Censo 2017, donde el 12,8% de los encuestados se consideró perteneciente a algún pueblo indígena u originario, es decir, casi 2.186.000 personas.

Bajo ese parámetro, se estimó que la representatividad de esos pueblos en el órgano constituyente debiera equivaler a ese 12,8%, lo que se traducía en unos 23 escaños reservados que se sumarían a los 155 en el caso de una Convención Constitucional.

Esa última propuesta fue la que se terminó aprobando en la Comisión de Constitución del Senado, luego de que discutiera en distintas sesiones durante agosto, septiembre, octubre y noviembre, en las que participaron, además de los parlamentarios, funcionarios públicos, representantes de las distintas etnias y organizaciones indígenas y distintos expertos y expertas. Como en el intertanto se aprobó el reconocimiento legal por parte del Estado de los Changos como pueblo originario, el número de cupos se aumentó en uno, cerrando en 24 escaños supernumerarios, y eso es lo que esta jornada deberán aprobar o rechazar los senadores en sala. El enunciado en cuestión es el siguiente:

“Con la finalidad de garantizar la representación y participación de los pueblos indígenas reconocidos en la ley Nº 19.253, adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en el artículo 141, la Convención Constitucional estará integrada también por 24 escaños indígenas. Los escaños sólo serán aplicables para los pueblos reconocidos en la ley Nº 19.253 a la fecha de publicación de la presente reforma”.

En el proceso, tal como señaló el diputado Crispi, distintos invitados al debate presentaron argumentos a favor de que los escaños reservados sean supernumerarios. A continuación, Contexto Factual muestra algunos de ellos.

La directora de la Corporación de Profesionales Mapuche (ENAMA), Camila Mardones, dijo: “Cabría pensar en la idea de escaños suplementarios, es decir, que éstos sean adicionales a los 155 o 172, según sea el tipo de convención elegida democráticamente. Lo anterior no sería contrario al derecho internacional, toda vez que en el año 2005 la Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció el fallo “Yatama versus Nicaragua”, en el que determinó que el Estado discriminó a los representantes de los pueblos originarios en un proceso eleccionario. De esta forma, la Corte, basada en la Convención Americana de Derechos Humanos (ratificada por Chile), resolvió que en aplicación del principio del ius cogens se deben establecer presupuestos de discriminación positiva, necesarios para una igualdad material. Así, no se contravendría el artículo 19 de la Constitución Política, que consagra la garantía de igualdad ante la ley”.

Algo similar planteó la alcaldesa de Paillaco, Ramona Reyes: “En cuanto a los escaños supernumerarios, su sustento está en los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en la Convención Americana de Derechos Humanos. La Corte ha sostenido la importancia de sujetarse a principios de discriminación positiva para alcanzar una igualdad material”.

La abogada y doctora en Antropología, que además es investigadora en el Centro de Estudios Interculturales e Indígenas (CIIR), Antonia Rivas, también expresó su respaldo a los escaños supernumerarios: “La configuración distrital actual existente en materia de diputaciones es compleja de entender a propósito de la identidad indígena y rompe los modos tradicionales de representación de estos pueblos. Esta representación se logra de mejor manera con un distrito especial a nivel nacional. Más escaños implican más representación, no menos”.


Publicado originalmente en Contexto Factual (17/11/2020)


Comentarios