QUIÉNES PODRÍAN TENER ESCAÑOS RESERVADOS PARA REDACTAR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN

En la discusión sobre cómo garantizar la participación política de diversos sectores, se han propuesto diversas opciones, como las cuotas para las candidaturas y los escaños reservados. Este artículo trata de esos últimos. Si gana el Apruebo en el plebiscito del 25 de octubre, se deberá conformar un órgano constituyente que podría contar con espacios extra reservados para grupos específicos. Se ha propuesto que sean para pueblos originarios, para chilenos y chilenas en el extranjero e incluso como un mecanismo para la paridad de género. Pero sólo una de esas propuestas ha prosperado, aunque aún queda por cerrar esa discusión.




Un mes y un día habían transcurrido desde el acuerdo del 15 de noviembre cuando la cuenta de Twitter de la Cámara de Diputados anunció que su Comisión de Constitución había aprobado la propuesta de reservar escaños especiales para pueblos indígenas en una eventual Convención Constituyente. Ya fuera mixta o electa en un 100%, se daba curso a que representantes de alguna de las nueve etnias reconocidas por el Estado tengan participación en el órgano que podría llegar a redactar una nueva Carta Fundamental; 18 en el caso de una Convención Constitucional y 21 si se llegara a elegirse una Convención Mixta.

“Un honor presidir la comisión de Constitución en este día que cumplimos acuerdo del 15 de noviembre y aprobamos asignación paritaria, facilitar acceso a independientes y escaños reservados a pueblos originarios. Ahora, el Presidente Piñera debe asegurar los votos de su coalición”, escribió el diputado Matías Walker (DC) en redes sociales.

Pero ese acuerdo no prosperó. Hasta entonces, lo de los escaños reservados era parte de la reforma constitucional que establecía un nuevo itinerario constituyente, sin embargo, durante su tramitación quedó fuera, se cayó. Al igual como ocurrió con la paridad de género y los mecanismos para los pactos de independientes, si se quería continuar con la iniciativa, debía ser por una vía alternativa. Y así ocurrió.

El 17 de diciembre de 2019, un grupo de nueve diputados de Chile Vamos ingresó una moción para reformar la Constitución y tramitar por separado la reserva de escaños en el órgano constituyente. En apenas dos días, la Cámara lo aprobó y despachó al Senado un artículo único con dos disposiciones: una para establecer la existencia de puestos reservados para pueblos originarios y otra para establecer una cuota en las candidaturas del 10% para personas con alguna discapacidad. Y si bien la Cámara Alta lo aprobó en general a comienzos de julio, la cantidad de escaños que se incluirían quedó en el aire, al igual que los mecanismos para elegirlos. Y eso sigue en discusión.

Poco después, el 3 de marzo, el mismo día que se registraba en Chile el primer contagio oficial por coronavirus, cinco senadores de oposición ingresaron una nueva propuesta, esta vez para que chilenos y chilenas en el extranjero también cuenten con representación en la convención que se elija a través de escaños reservados. Y al día siguiente, diputados oficialistas presentaron otro proyecto para proponer escaños adicionales como mecanismo para alcanzar la paridad de género.

Esas dos últimas iniciativas, si bien fueron acogidas a trámite en sus respectivas cámaras, no han mostrado avance alguno en los últimos cinco meses. En cambio, lo de los escaños reservados para representantes indígenas ha seguido su curso y es una de las principales materias que quedan por cerrarse en las discusiones legislativas pendientes por el proceso constituyente.


LA PROPUESTA QUE PROSPERÓ

Según publicó La Tercera el lunes 3 de agosto, para el nuevo ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Cristián Monckeberg, una de las prioridades legislativas apunta a revisar los flancos que aún podrían quedar abiertos en caso de ganar el Apruebo el próximo 25 de octubre. Y ahí, uno de los pendientes es precisamente cómo se cerrará lo de los escaños para pueblos originarios, tanto en cantidad de representantes que podrían sumarse a los convencionales ya determinados -155 ó 172, dependiendo del tipo de convención que se elija-, como los mecanismos para su elección.

“Aquí se busca representar a diferentes identidades colectivas que interactúan con el Estado nacional, existiendo esta modalidad en 18 democracias en el mundo. Los escaños reservados no se aplican para sectores dentro de una sociedad (mujeres, minorías sexuales, etc.), sino para representar identidades diferenciadas del Estado. Tampoco se trata de asientos ‘designados’, lo que se hace con estos asientos reservados es reproducir las mismas condiciones de competencia para el acceso a cargos de representación popular, pero para personas de procedencia indígena”, explicaban ya en 2018 los académicos del Laboratorio Constitucional de la UDP, Claudio Fuentes y Macarena Sánchez, en una columna publicada en El Mostrador.

La propuesta que se ha discutido en el Congreso propone que el número de representantes que ocupará esos escaños reservados se definirá en proporción directa al número de personas inscritas en el Registro de Comunidades y Asociaciones Indígenas de la CONADI, aunque no está claro que eso vaya a ser así.



ÚLTIMAS INDICACIONES

El 13 de agosto vencía el plazo que dio la Comisión de Constitución del Senado para que el Ejecutivo y parlamentarios ingresen indicaciones al proyecto. Al día siguiente, se publicó el documento de 24 páginas en la web de ambas cámaras. Son 16 las indicaciones que se presentaron.

La senadora Carolina Goic (DC), entre otras cosas, propuso que sean 24 los cupos reservados para representantes de pueblos originarios, los que se sumarían a los asientos ya definidos y que serán electos, independiente del tipo de convención que se elija el 25 de octubre. De esos 24, seis serían mapuche, mientras que todas las otras etnias -quechuas, aymaras, rapa nui, atacameños, diaquitas, collas, kawésqar, yaganes y afrodescendientes- contarían con dos cada una.

El mecanismo de Goic incluye también la creación de un Padrón Electoral Indígena, a cargo del Servel, que incluiría sólo a aquellos que estén acreditados como pertenecientes a un pueblo originario, conforme a lo establecido en Ley Indígena. Esas personas tendrían que elegir al momento de votar entre la papeleta para convencionales nacionales o indígenas. Y en ese esquema, cada pueblo originario funcionaría como un distrito.

También presentó indicaciones un grupo conformado por los senadores Ximena Rincón (DC), Francisco Huenchumilla (DC), Pedro Araya (Ind.), Alfonso De Urresti (PS) y Jaime Quintana (PPD). Su propuesta, preparada en conjunto con los secretarios indígenas de cada partido, considera una cantidad de escaños calculada en relación a los datos del Censo 2017, donde el 12,8% de los encuestados se consideró perteneciente a algún pueblo indígena u originario, es decir, casi 2.186.000 personas.

Bajo ese parámetro, se estimó que la representatividad de esos escaños debiera equivaler a ese 12,8%, lo que se traduce en unos 23 escaños reservados que se sumarían a los 155 en el caso de una Convención Constitucional (CC); o 25 extra que se añadirían a los 172 que ya contemplaría una eventual Convención Mixta (CMC).

Por otro lado, plantean que todos los escaños reservados operen como un distrito único y que en vez de que el Servel conforme un padrón indígena paralelo, al momento de sufragar sea el elector quien indique si votará por un convencional corriente o uno indígena, “de acuerdo a su auto-identificación”. Para una CC, esta propuesta contempla 14 asientos para el pueblo mapuche; 16 si gana la opción de la CMC. En cualquiera de los dos casos, los aymara tendrían dos escaños y uno cada una de las otras etnias.

Desde el oficialismo, una de las indicaciones vino de manos de la senadora Ena von Baer (UDI), Rodrigo Galilea (RN) y Felipe Kast (Evópoli). También consideran un Registro Electoral Indígena al que las personas que acrediten la pertenencia a alguno de los pueblos originarios se podrían inscribir hasta 30 días después de publicada la reforma. Al igual que en la propuesta de Huenchumilla y los otros senadores, ese padrón constituiría un distrito único, pero se diferencia en aquí, los cupos se definirían no sobre la proporción de la población nacional, sino que en relación al porcentaje que ese padrón especial represente del padrón total nacional.

Y quienes se inscriban en ese registro especial, ya no tendrían opción: si van a votar, estarían obligados a hacerlo sólo por un representante indígena.

Para conocer el detalle de las indicaciones presentadas por senadores oficialistas y de oposición, revise el documento que aparece a continuación. El gobierno, por su parte, no ingresó ninguna.



VISIONES EXTERNAS

El tema fue tratado durante las sesiones de la Comisión de Constitución del Senado del 26 de agosto y del 2 de septiembre.

A la primera cita fueron invitados a exponer el vicepresidente nacional de Pueblos Indígenas del PPD, Domingo Namuncura, y el académico de la Universidad de Chile, Salvador Millaleo. Ambos plantearon la inconveniencia de generar un padrón especial para votantes indígenas y se mostraron a favor de la opción del distrito único y la repartición de escaños proporcionales, tal como lo propusieron Huenchumilla y los otros senadores de centro izquierda. También señalaron la importancia de mantener la paridad de género para los representantes de pueblos originarios.

“Es importante que la representación se de en relación de lo que representan los pueblos indígenas en Chile, que se construya a través de un distrito nacional único y de ahí que se establezca una manera de elegir a los representantes con criterios de identidad, territorial y paridad”, dijo Namuncura.

En la sesión de ayer participaron la académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción, Amaya Alvez; el coordinador del Programa Globalización y Derechos Humanos del Observatorio Ciudadano, José Aylwin, y el académico de la Universidad Diego Portales, Claudio Fuentes, junto a Alejandra Precht, profesora de derecho indígena en el Magister LLM-UC.

Aylwin mostró una presentación donde puso en relieve los fundamentos en derechos humanos que dan sustento a la necesidad de representatividad proporcional para los pueblos indígenas, la jurisprudencia internacional y la experiencia sobre la materia en países de la región, tanto en órganos constituyentes como en cuerpos legislativos. También expuso componentes políticos y comparó las propuestas de proporcionalidad con la situación actual en el Congreso, donde hay apenas cinco parlamentarios que pertenecen a alguna etnia, lo que equivale a un 2,1% de los legisladores, muy lejos del 12,8% que algunas propuestas buscan reflejar como representatividad de la población nacional.

Por su parte, Precht y Fuentes entregaron una minuta donde también dan cuenta de experiencias internacionales y de la necesidad de que todos los pueblos originarios reconocidos por ley debieran ser representados, incluyendo a los changos y selk’nam, cuya inclusión a la Ley Indígena se encuentra en tramitación. Ellos también “debieran contar con escaños si los proyectos se aprueban de manera previa a la inscripción de las candidaturas”, señalaron.

También se manifestaron a favor de que el número de escaños se defina según la proporcionalidad en relación a la población total del país, en un distrito único y paritario; que se la votación no dependa de un padrón especial -algo que consideran “prácticamente imposible” que se logre conformar en tan corto plazo-, sino que de la auto-identificación del elector; que las candidaturas acrediten domicilio en el territorio a representar y cuenten con el patrocinio no sólo de agrupaciones creadas por la Ley Indígena (comunidades y asociaciones), sino también a las instituciones tradicionales, como Cacicados y Consejos de Ancianos.

Por último, se refirieron al financiamiento de sus campañas: “Compartimos la preocupación expresada en algunas indicaciones sobre la necesidad de establecer una franja electoral indígena para promover en televisión las candidaturas respectivas y establecer reembolsos por gastos de campañas. A lo anterior podría agregarse la necesidad de establecer una franja radial gratuita similar a la televisiva, dado que en este caso se justificaría de modo particular por los altos niveles de población rural y el intensivo uso de la radio como medio de comunicación habitual”.


Publicado originalmente en Contexto Factual (3/9/2020)

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